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Permiso de circulación

El permiso de circulación, también denominado como certificado de registro del vehículo o certificado de matriculación del vehículo, es un documento que acredita la titularidad de cualquier vehículo a motor, ya sea un coche, una motocicleta, un tractor agrícola o un automóvil de servicio.

En este sentido, debe ser emitido obligatoriamente por la Dirección General de Tráfico, la cual pertenece al Ministerio del Interior, y está asociada a la ficha correspondiente a la Inspección Técnica de Vehículos. Ambos forman, en su conjunto, la documentación del mismo.

Desde finales del año 2005, este documento se encuentra armonizado en todo el territorio de la Unión Europea. De hecho, todos los países comunitarios deben emitirlos con el mismo formato e indicando los mismos datos. Esto es así desde la entrada en vigor de la Directiva 1999/37/CE del Consejo de la UE y de su correspondiente modificación por parte de la Comisión plasmada en la Directiva 2003/127/CE.

¿Qué datos contienen los permisos de circulación emitidos en la Unión Europea?

Según la Orden PRE/1355/2005, la cual fue la encargada de adaptar las directivas anteriormente citadas a la legislación española, todos los permisos de circulación expedidos en España deben contener la mención Reino de España como elemento identificativo de la procedencia del país de origen del vehículo o, al menos, de su matriculación. También es preciso especificar claramente que se trata de este permiso junto a su correspondiente número de serie y el número de matrícula del automóvil al que hace referencia. Obligatoriamente también tiene que recoger la fecha de su primera matriculación.

A todo esto hay que añadir que en el permiso debe aparecer los apellidos y el nombre del propietario con su domicilio correspondiente, así como la marca, el número de bastidor, la carga máxima permitida en kilogramos que puede soportar, la cilindrada, la potencia máxima en kW, el tipo de combustible que utiliza, el número de plazas que incluye, el número de homologación y la masa total del vehículo. En el caso de que se trate de un automóvil comercial o de servicios, se incluirán otros datos adicionales, como la finalidad a la que está destinado, el período de validez de la matriculación o la denominación comercial que recibe.

¿Es posible obtener un permiso de circulación online?

En estos momentos, en España es imposible obtener este documento únicamente a través de internet, ya que la Dirección General de Tráfico exige al interesado personarse en una Jefatura Provincial para realizar el trámite. Sin embargo, sí que ofrece la posibilidad de obtener cita previa a través de este mecanismo desde su propia página web. Además, en ella es posible encontrar todos los documentos necesarios que se han de facilitar.

En cualquier caso, es preciso señalar que, por lo general, en España un permiso de circulación asociado a un vehículo se expide en el momento de la compra de este puesto que, antes de ser entregado al propietario, debe quedar registrado. El trámite que hay que llevar a cabo consiste en solicitar el certificado de matriculación ordinaria o de cualquier otro tipo, en función, claro está, del automóvil del que se trate. Para ello, tan solo es necesario rellenar el impreso oficial que se puede descargar desde la propia web de la DGT, aportar un documento que acredite la identidad y el domicilio del titular (generalmente el DNI) y pagar las tasas correspondientes. En estos momentos, estas ascienden a 95,80 EUR, en el caso de los coches, y a 26,70 EUR en el de los ciclomotores.

¿Cómo se efectúa el pago del permiso de circulación?

Las cantidades comentadas con anterioridad han de abonarse en el mismo momento en el que se procede a realizar el trámite en la Jefatura Provincial de la Dirección General de Tráfico de la ciudad en la que resida el titular. Conviene subrayar, en este sentido, que dicho pago deberá llevarse a cabo siempre con tarjeta de crédito, ya que estas oficinas no aceptan efectivo. Además, no es necesario que el titular se persone en la entidad, siempre y cuando entregue los poderes para que lo haga otra persona de su entorno. En el caso de que esté sujeto a algún descuento por motivos de invalidez, discapacidad o de cualquier otro tipo, deberá justificarlo igualmente.

Renovaciones y duplicados del certificado de circulación

Debido a los últimos cambios legislativos en lo concerniente a estos permisos, el titular de un automóvil está obligado por ley a proceder a la renovación del documento si acontecen algunas de las causas especificadas en ella. El caso más evidente es el que hace referencia al cambio de domicilio del propietario. En este supuesto, llevar a cabo el trámite es totalmente gratuito y la Dirección General de Tráfico ha concedido la facultad a algunos ayuntamientos para efectuarlo. Para ello, el interesado solo tienes que acudir a sus instalaciones con su DNI en vigor y un certificado de empadronamiento expedido con menos de 14 días de antelación o cualquier otro documento que certifique su lugar de residencia.

En el caso de que la renovación se vaya a llevar a cabo por el cambio de los datos que aparecen en el permiso, sí será necesario abonar una tasa. En concreto, esta asciende a 20,00 EUR y solo será gratuita en el supuesto de que haya algún error en los datos del propietario, no en el caso de que se vaya a proceder a un cambio de titularidad. Al igual que ocurre con el certificado de matriculación, no se permite el pago en efectivo. Para proceder a este trámite ha de proporcionarse a la Jefatura de la DGT correspondiente el DNI y, en el caso de que se trate de un vehículo comercial, la tarjeta de identificación fiscal de la sociedad a la que pertenezca. Si es un automóvil agrícola, ha de informarse anteriormente al Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

Los mismos pasos se imponen si la renovación se lleva a cabo por cambio de servicio o, en su defecto, por acometer reformas de importancia. De hecho, las tasas a abonar también son de 20,00 EUR, aunque en este supuesto se deberá adjuntar la ficha correspondiente a la Inspección Técnica de Vehículos y, en el caso de los coches de autoescuela y los taxis, el justificante de pago o exención del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Finalmente, solo queda hacer referencia, en materia de renovaciones, a aquellas que se reclaman por pérdida, deterioro o robo. El importe también será siempre de 20,00 EUR , ya que si se solicita debido una sustracción, será la empresa aseguradora del automóvil la que tendrá que indemnizar al propietario.

Solicitud de permisos de circulación para vehículos dados de baja

Cuando un vehículo es dado de baja en una oficina de la Dirección General de Tráfico por motivo de un siniestro o por cualquier otra razón, automáticamente el organismo procede a la retirada de su correspondiente permiso para la circulación. Sin embargo, esto no quiere decir que, en cualquier momento, pueda volver a ser dado de alta, ya sea por el propietario anterior o por uno nuevo, en cuyo caso será necesario presentar un contrato de compraventa que certifique la legalidad de la operación. Además, también resulta imprescindible rellenar el formulario correspondiente y abonar una tasa de 8,20 EUR, a lo que habría que añadir un documento de identificación, la ficha de la Inspección Técnica de Vehículos y, en el supuesto de que la baja se produjese por el robo del automóvil, el acta de recuperación expedido por el departamento de policía que corresponda.

Otros aspectos a tener en cuenta respecto a los permisos de circulación

La ley exige a todos los conductores que, en el momento de poner en marcha sus vehículos, lleven consigo este permiso junto a su ficha de Inspección Técnica de Vehículos y su carnet de conducir. De hecho, estos tres documentos pueden ser solicitados en cualquier control rutinario por la policía local de la ciudad en la que se circule, por la Policía Nacional o por la Guardia Civil. Además, no solo vale con llevarla encima, sino que también es imprescindible que los datos se encuentren actualizados. Por ejemplo, los últimos cambios legislativos exigen que los cambios de residencia del titular se especifiquen a la Dirección General de Tráfico en los 15 días hábiles siguientes a que se produzcan. De no hacerlo, las sanciones pueden llegar a ser de 200 EUR. Las copias de estos papeles también son válidas siempre y cuando hayan sido compulsadas previamente por un organismo competente. En este sentido, para ser previsor en caso de pérdida o robo, nunca está de más contar con una.

En definitiva, los permisos de circulación son documentos imprescindibles para conducir cualquier tipo de vehículo, ya sea particular, comercial, de servicios o agrícola, dentro del territorio español y de cualquiera de los países que forman parte de la Unión Europea. Su obtención, una vez se entregan todos los documentos necesarios en una Jefatura Provincial de la Dirección General de Tráfico y se abonan las correspondientes tasas, es automática, es decir, no requiere de esperas y proporciona la tranquilidad de saber que se está cumpliendo con la normativa.

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