Se trata de cuadriciclos ligeros, los llamados ""vehículos sin carnet"", de cuatro ruedas y dos plazas, cuya cilindrada del motor no supera los 50 cc. Por su construcción y poco peso, que es igual o inferior a 350 kg, la velocidad de estos vehículos no puede superar los 45 km/h. Para conducir un cuadriciclo ligero es necesario ser titular de un permiso de circulación de la clase AM, aunque su conducción también es posible con los carnets de las clases B, A, A1 y A2.
Para obtener un permiso de conducir AM hay que cumplir una serie de requisitos: tener al menos 15 años, superar un examen teórico de tipo test que consta de 20 preguntas y pasar una prueba psicotécnica en un centro autorizado. Si el carnet AM se expide sin restricciones y autoriza a conducir cualquier tipo de ciclomotor, ya sea de dos, tres o cuatro ruedas, hay que superar un test práctico que consiste en dos pruebas: conducir a velocidad reducida entre jalones dispuestos en forma de zigzag y circular en un tramo de anchura limitada. Debido a sus limitaciones de velocidad, los cuadriciclos ligeros no pueden circular por autovías y autopistas. Las placas de matrícula de estos vehículos tienen un fondo amarillo con letras y números en color negro.
Otros coches con matrícula amarilla
Además de cuadriciclos ligeros, existen otros tipos de coches con matrícula amarilla. Son vehículos que pertenecen a organismos diplomáticos o entidades internacionales de categoría similar. En este caso se trata de automóviles de personal técnico-administrativo y empleados consulares, que llevarán una placa de matrícula retrorreflectante, con el fondo amarillo y los caracteres alfanuméricos estampados en relieve y pintados en color negro mate. En estas placas especiales se inscriben tres grupos de caracteres que incluyen las siglas TA, seguidas por dos grupos de números.
El primero es el identificativo de una Misión Diplomática, una Oficina Consular o un Organismo Internacional; y el segundo, el indicativo que corresponde al vehículo oficial de cada miembro del personal técnico-administrativo acreditado. Estos empleados diplomáticos, al igual que sus familiares directos que residen con ellos, gozan de ciertos privilegios e inmunidades. Entre ellas, la inmunidad de jurisdicción, según la cual son personas inviolables y sin obligación a testificar, que además no pueden ser detenidas o arrestadas por los cuerpos de seguridad del estado receptor.