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Carnet A2

El Consejo de Ministros aprobó en mayo de 2009 el Reglamento de Conductores, en el que se establece la normativa actual para la obtención de los distintos carnets de conducir de ciclomotores y motocicletas.

La gran diferencia que supuso la citada norma fue la introducción de un nuevo escalón entre los carnets de moto A1 -exclusivo para vehículos de hasta 125 centímetros cúbicos- y A -sin restricciones en cuanto a cilindrada y potencia-. De esta forma, nació el carnet A2, que entró en vigor el 9 de diciembre de 2009 y que establece una serie de limitaciones de potencia orientadas, sobre todo, a que los motoristas ganen experiencia y seguridad sobre las dos ruedas. Los principales motivos de la creación del A2 fueron los numerosos accidentes, muchos de ellos mortales, sufridos por conductores sin experiencia. Estos accedían a motos de gran cilindrada después de superar los dos primeros años de limitación de potencia a 25 kW (o 34 cv) que todo conductor novel titular del carnet A debía cumplir. Con el escenario actual, para conducir una moto sin limitar serán necesarios dos años de experiencia con el carnet A2 y superar un curso de formación específica en una autoescuela, proceso que deriva en la obtención del permiso A. De todas formas, el Reglamento de Conductores de 2009, nacido de una directiva de la Unión Europea en materia de seguridad vial, también introdujo una novedad muy importante de cara a conseguir experiencia sobre una motocicleta. Este paso resulta esencial para aquellas personas que estén pensando en obtener el A2, ya que podrían tener una primera toma de contacto con las dos ruedas. De esta forma, todos los conductores de coches con más de tres años de carnet B, y una edad mínima de 21 años, también pueden manejar motos de hasta 125 centímetros cúbicos, tanto de marchas como automáticas. Es decir, todas las motos que se pueden conducir con la licencia A1.

¿Cómo se obtiene el A2?

El aspirante a obtener el carnet A2 deberá superar tres pruebas: un test teórico específico sobre la conducción con motocicletas y dos prácticas de pilotaje con una moto en circuito y ciudad. El test teórico puede prepararse fácilmente con los manuales que ofrecen las autoescuelas y debe realizarse obligatoriamente en alguna de las sedes de la Dirección General de Tráfico (DGT), así como de los servicios de tráfico de País Vasco y Cataluña, comunidades a las que se transfirió la citada competencia. Las dos pruebas prácticas sirven para demostrar la destreza técnica y la habilidad para conducir en carretera, siempre en un contexto de circulación normal dentro de un área poblada. Así las cosas, la primera prueba tiene lugar en un circuito cerrado y se mide por tiempo la habilidad del piloto para esquivar obstáculos a velocidad reducida y rápida, así como para tomar curvas cerradas. En la segunda, se examina al aspirante en un entorno circulatorio abierto. ¿Qué se consigue con el carnet A2? Básicamente, poder conducir motocicletas de hasta 47 cv (de unos 500 centímetros cúbicos aproximadamente), incluyendo sidecar. Como se apuntaba, para dar el salto a potencias mayores será necesario tener 21 años y dos años de experiencia con el carnet de moto A2, condiciones indispensables para hacerse con el permiso A. Por otro lado, el precio del carnet A2 puede variar en función de cada provincia. Para empezar, debe pagarse la matrícula en la autoescuela y las tasas de Tráfico (unos 120 euros), a lo que hay que sumar las clases prácticas, cuyo coste se sitúa entre los 30 euros de una clase práctica en circuito y los 50 euros en ciudad.

Una decisión polémica

La aprobación del carnet de moto A2 trajo consigo numerosas críticas de los fabricantes de motos y de los propios motociclistas, quienes consideraron que esta decisión no favorecería a la seguridad vial. Es más, fueron muchas las personas que tacharon de incongruencia la renovación del reglamento. Sobre todo, en lo que refiere a las limitaciones de potencia de las motos del carnet A2. Y es que aquellas personas que obtuvieron su licencia A un día antes de la entrada en vigor del actual carnet moto A2 -es decir, el 8 de diciembre de 2009- debían circular con motos limitadas a 34 cv durante los dos primeros años, considerados como fase de adaptación del conductor novel a su nuevo medio de transporte. Mientras tanto, los ciudadanos que lograron el A2 justo un día después podían viajar en vehículos de hasta 47 cv. Todo ello, a pesar de que su carnet fuese considerado inferior en la escala. Es decir, con un carnet superior debían conducir vehículos menos potentes. La segunda crítica procedía, sobre todo, de los fabricantes. Y es que las limitaciones de potencia a las que obligaba el A2 carnet antes de la modificación del reglamento podían realizarse en cualquier tipo de motocicleta sin importar los caballos o la cilindrada que tuviese. En cambio, tras la modificación, las motos no pueden doblar la potencia máxima fijada por el carnet A2 -es decir, no pueden tener más de 94 cv- y deben tener una relación entre el peso de la moto y la potencia igual o inferior a 0,2 kW por kilo. Cabe recordar que un caballo de vapor (cv) equivale a 735,5 vatios, por lo que 1 kW (o kilovatio, es decir, 1000 vatios) supone 1,36 cv. Estas condiciones obligaron a los fabricantes a adaptar a marchas forzadas los motores de sus motos y a diseñar nuevos modelos que se adaptasen más fácilmente a la legislación. Además, también ha provocado que los conductores tengan que comprar dos motos en el caso de desear una de más de 94 cv tras superar los dos años con la licencia de conducir A2 y conseguir el obligado permiso A.

¿Y el resto de carnets?

Obviamente, hay más licencias de conducir para motos en España. La más limitada de todas es la AM, y permite circular en ciclomotores o triciclos de hasta 50 centímetros cúbicos, además de cuadriciclos ligeros (vehículos con apariencia de coche pero que tienen una matrícula amarilla de ciclomotor). La edad mínima para su obtención se sitúa en los 15 años, aunque no podrán llevar viajeros hasta alcanzar la mayoría de edad. Al carnet AM le sigue el A1, con el que se pueden conducir motos de un máximo de 125 centímetros cúbicos y 11 kW de potencia, así como triciclos de 15 kW. En este caso, se introduce una tercera condición, y es que la relación entre la potencia y el peso de la moto no podrá superar el 0,1 kW por cada kilogramo. Pueden aspirar a esta licencia todas las personas mayores de 16 años. Aquellos que logren el carnet A1 obtendrán de manera automática el AM. De todas formas, los titulares del permiso de conducir B -para automóviles- con tres años de antigüedad también podrán conducir las motocicletas que autoriza el A1. Tras el A1 iría el carnet de conducir A2, ya explicado anteriormente, y después el A. Las condiciones para conseguirlo se endurecen un poco en este caso. Y es que se debe recordar que el carnet A no incluye ninguna limitación de potencia, por lo que se pueden conducir todo tipo de motocicletas, además de triciclos y cuadriciclos. Por ello, es necesario haber aprobado previamente el permiso de conducir A2 y tener dos años de experiencia al manillar de alguna de las motos que el citado carnet permite conducir, es decir, motos con una potencia máxima de 47 cv. En cuanto a requisitos de edad, habrá que tener 20 años para circular con motos sin limitar y 21 para hacer lo propio con triciclos y cuadriciclos. Una vez cumplidas esas condiciones, el aspirante tendrá que superar un curso teórico y práctico que es impartido por las autoescuelas y que no precisa de examen ante la DGT. Con el reglamento de 2009 también se modificaron los períodos de renovación de los mismos. Así, los motoristas titulares de permisos AM, A1, A2 y A deberán renovar sus licencias cada diez años hasta que cumplan los 65 años de edad. Una vez la superen, deberán tramitar la renovación de su carnet cada 5 años en dependencias de la DGT o de los servicios autónomos de Tráfico de País Vasco o Cataluña.

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