Muchos interesados en comprar un coche de ocasión temen que les den vaca por buey. Sin embargo, tal y como te contamos en Autocasión, deben saber que tanto particulares como compraventas están obligados por ley a hacerse cargo de algún problema que pueda surgir tras la compra, gracias a las garantías de las que también gozan los vehículos usados.
Para ofrecer a los clientes el máximo repaldo existen dos normas fundamentales: la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Garantía en la compraventa de coches de segunda mano entre particulares
En caso de que se produzca el cambio de titular de un vehículo mediante un contrato de compraventa entre dos particulares sin que ninguna entidad o empresa actúe como intermediaria, es necesario acogerse, en materia de garantías, a lo expuesto en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. En este sentido, la norma establece que el vendedor debe entregar el vehículo sin ningún defecto, gravamen o carga fiscal oculta y que, además, el comprador tiene seis meses para, en el caso de detectar alguna irregularidad en cualquiera de esas áreas, interponer una demanda judicial que conlleve la devolución del coche o la reparación de los desperfectos y costes, siempre y cuando no haya predisposición a llegar a un acuerdo por parte del antiguo propietario.
El motivo por el cual es necesaria la interposición de la demanda es porque la ley no exige que el vendedor adjunte un documento de garantía del vehículo de segunda mano junto al contrato. Sin embargo, ambas partes deben redactar un contrato en el que aparezcan con todo lujo de detalles, además de las condiciones de la venta, los pormenores del estado del vehículo. Esto se debe, fundamentalmente, a que si el comprador tenía constancia de los defectos en el momento de la adquisición, no tiene derecho a reclamación alguna. Lo mismo sucede en el caso de que dicho comprador sea un mecánico, un perito o, en general, un profesional especializado en la detección de problemas mecánicos.
También existe una tercera vía más allá de la reparación a coste cero o la devolución del automóvil, que es la de renegociar el precio a la baja. Algunas compañías aseguradoras también ofrecen pólizas de garantía por un precio de entre 200 y 500 euros.
Garantía en la compra de coches de segunda mano por concesionario
Muchos concesionarios se han especializado en la venta de vehículos de ocasión. En este caso, en términos de garantía en un coche de segunda mano, hay que observar lo expuesto en la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, la cual establece que el comprador ha de poder disfrutar de hasta un año de garantía desde el momento en el que se produjo la transacción. Además, el vendedor es responsable de las cualidades y del estado del coche. Sin embargo, en caso de existir algún problema de incumplimiento de la garantía, en lugar de acudir a los tribunales de justicia, será necesario interponer la reclamación a través del mecanismo de arbitraje establecido por la Oficina de Consumo.
Por su parte, hay que tener en cuenta que, para proceder a interponer una reclamación de garantía, es necesario disponer de un contrato legal y de una factura en la que se haya incluido el IVA. La inclusión de este impuesto es obligatoria por ley, aunque muchos tratan de evitar su pago para reducir el precio final, lo que es una decisión que solo puede tener consecuencias negativas en todos los sentidos. En cualquier caso, en el supuesto de que se demuestren problemas ocultos que hayan surgido tras la venta, la empresa deberá proceder a devolver el precio íntegro abonado, reparar sin costes para el cliente los defectos o sustituir el vehículo por otro de similares características.
Garantía en un coche nuevo
Una vez comentado todo lo necesario respecto a la garantía en un coche de segunda mano, llega el turno de hacer lo mismo respecto a los nuevos. En este sentido, lo primero que hay que hacer es distinguir la garantía legal de la comercial, es decir, la que exige la ley y la que ofrecen las marcas como estrategia y reclamo para atraer a más clientes. Por lo tanto, es importante no confundir ambas, ya que pueden no cubrir las mismas cosas.
La garantía en los coches nuevos, según lo dispuesto en la ley, cubre los dos primeros años del vehículo desde su fecha de matriculación y sin ninguna restricción de kilometraje. Además, afecta a todo tipo de averías o defectos de fábrica, en cuyo caso el propietario dispondrá de seis meses para devolver el vehículo y recuperar el importe pagado de forma íntegra, que no sean consecuencia de la falta de mantenimiento o el desgaste salvo en el caso de los cristales, las pastillas y los discos de frenos, los neumáticos y el aceite del motor. Por su parte, muchas marcas ofrecen garantías comerciales adicionales por períodos que van desde los tres a los siete años. Conviene hacer una lectura minuciosa del contrato, puesto que no suelen cubrir muchas de las coberturas establecidas en la garantía legal.